artículo 476 código penal
Administración de Justicia – BOE – Boletín Oficial del Estado. Fco. Teléfono: +58 212 2660087 (Master) Ext.110, Fax: +58 212 2615941. Código-Penal-31.7.2020-LP.pdf. . Se encontró adentro – Página 108... en el articulo 476 del Código Penal ? R. Con arresto de doce á quince dias ( 13 ) . ( 12 ) Segun este artículo , no se incurre en la pena que él mismo señala cuando la persona berida ó maltratada fuese hallada dentro de poblacion . Última actualización 06/11/2021. El rechazo de la acción de revisión no perjudicará el derecho de presentar nuevos pedidos fundados en elementos distintos, pero las costas de un recurso desechado serán siempre a cargo de la parte que lo interpuso. 1. Se encontró adentro – Página 230Artículo 473. 1. Los que, induciendo a los rebeldes, hayan promovido o sostengan la rebelión, ... Artículo 476. 1. El militar que no empleare los medios a su alcance para contener la rebelión en las fuerzas de su mando, será castigado ... A petición de parte o de oficio, el juez podrá requerir opinión a universidades, academias, corporaciones, institutos y entidades públicas o privadas de carácter científico o técnico, cuando el dictamen pericial requiriese operaciones o conocimientos de alta especialización. El militar que no empleare los medios a su alcance para contener la rebelión en las fuerzas de su mando, será castigado con las penas de prisión de dos a cinco años e inhabilitación absoluta de seis a diez años. Última actualización 06/11/2021. El militar que no empleare los medios a su alcance para contener la rebelión en las fuerzas de su mando, será castigado con las penas de prisión de dos a cinco años e inhabilitación absoluta de seis a diez años. Se encontró adentro – Página 246Art . 476. Se comete el delito de calumnia ó injuria , no sólo manifiestamente , sino por medio de alegorías , caricaturas , emblemas ó alusiones . ( Art . 384 del Cód . pen . de 1850. ) Como se comprende , la calumnia o injuria no solo ... Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. Tecnoiuris - TuAbogado.com es un servicio informativo de Inversiones Tecnoiuris C.A. Artículo 219. Revisión desestimada. Artículo 476 del Código Penal. Artículo 476 del Código Penal. Sentencia del Tribunal General de 15 de septiembre de 2021 - Ghaoud/Consejo («Política exterior y de seguridad común - Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Libia - Congelación de fondos - Lista de las personas, entidades y organismos a los que se aplica la congelación de fondos y de recursos económicos - Restricciones de entrada y de tránsito en el territorio de la Unión Europea - Lista de las personas a quienes se ha impuesto una restricción de entrada y de tránsito en el territorio de la Unión Europea - Mantenimiento del nombre del demandante en las listas - Obligación de motivación - Error de apreciación - Fallecimiento del demandante»). Se encontró adentro – Página 1986o . del art . 1626 del Código Civil acuerda al deudor insolvente , no obstante lo dispuesto en el art . 1477 de este Código . COLOMBIA . TítuLO QUINTO. ... 1325 , 1342 C. Ch . ( No hay en el Código Penal de 1890 artículo igual al 476 ... Artículo 476 del Código Penal. Informes de constitucionalidad, legalidad, alcance y aplicación de normas ver más Código Penal Artículo 476. Art. Será castigado con las. Se castigará con presidio mayor en cualquiera de sus grados: 1.° Al que incendiare un edificio destinado a servir de morada, que no estuviere actualmente habitado. Se encontró adentro – Página 209... en el articulo 171 del Código Penal ; y el de injurias graves á que se refieren los artículos 475 , 476 y 477 del mismo Código : que es su autor el procesado D. José Ramón Vidán , con la circunstancia agravante 21 del artículo 10 ... Se encontró adentro – Página 80Queda constituido aquél ( art . 445 ) cuando el agente se apodera de un bien mueble ajeno a través del uso de la violencia , intimidación en las personas o fuerza en las cosas . Apartándose del código utilizado como patrón , considera ... Artículo 476 del Código Penal. You also have the option to opt-out of these cookies. Código Procesal Penal Buenos Aires Artículo 476. Artículo 476. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).Vigencia: 1 julio 2015 Se encontró adentro – Página 456... que el Código penal , mediante la tipificación del delito de omisión de impedir determinados delitos ( artículo ... 17 Y del artículo 476 que castiga al militar que no empleare los medios a su alcance para contener la rebelión de ... Código Procesal Civil y Comercial Nacional Artículo 476. 476 CP. Artículo 476. Vigente, con las modificaciones. Código Penal Puebla Artículo 476. Si aceptas o continúas navegando instalaremos en tu dispositivo cookies nuestras y de terceros para mejorar la navegación, proporcionar el servicio y obtener estadÃsticas, Abogados Penalistas en Pozuelo de Alarcón. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. Vigencia. Emplazamiento a las otras partes. El rechazo de la acción de revisión no perjudicará el derecho de presentar nuevos pedidos fundados en elementos distintos, pero las costas de un recurso desechado serán siempre a cargo de la parte que lo interpuso. 476 CP. El que arbitrariamente se hubiere introducido en fundo ajeno, cercado de fosos, setos vivos, zanjas, calzadas artificiales, vallados de piedra o de madera, o de otro modo, será penado, a instancia de la parte agraviada, con multa de diez unidades tributarias (10 U.T.) This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. Código Penal Venezolano Artículo 476. Código Procesal Penal Buenos Aires Artículo 476. Se encontró adentro – Página 990Extinción de la condena y devolución de la caución Art.476-Cuando se declare la extinción de la condena conforme al Código Penal, se devolverá la caución y se comunicará a las mismas entidades a quienes se comunicó la sentencia o la ... Será castigado con las. Se encontró adentro – Página 173En concreto, la sociedad puede optar por un sistema de administración monista o dual, la elección deberá determinarse en los estatutos (artículo 476 LSC). Si se elige un sistema monista se constituirá un solo órgano de administración ... 1° Al que incendiare un edificio destinado a servir de morada, que no estuviere actualmente habitado.. 2° Al que dentro de poblado incendiare cualquier edificio o lugar, aun cuando no estuviere destinado ordinariamente a la habitación.. 3° El que incendiare bosques, mieses, pastos . Análisis Legal. 2. A petición de parte o de oficio, el juez podrá requerir opinión a universidades, academias, corporaciones, institutos y entidades públicas o privadas de carácter científico o técnico, cuando el dictamen pericial requiriese operaciones o conocimientos de alta especialización. Código Penal Artículo 476. Artículo 476 del Código Penal. RIF: J-307159391 a veinticinco unidades tributarias (25 U.T. El artículo 45 reconoce una competencia facultativa para conocer denuncias de un Estado Parte contra otro pero, . 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. Se encontró adentro – Página 27cia ; y en auto posterior , la adicionó disponiendo que por haber sido condenado Ramírez otras veces por robo y hurto , debe quedar , conforme al artículo 476 , Código Penal , sujeto á la vigilancia de la autoridad por tres años después ... Se encontró adentro – Página 125Art . 475. Contra el fallo que en ese incidente se dicte , se dan los recursos que este Código concede contra las sentencias definitivas . Art . 476. Nunca se tendrá como prueba de la comisión de un delito , durante el tiempo en que el ... Se encontró adentro – Página 298Art . 476. El que aprovechando aguas de otro , ó distrayéndolas de su curso causare daño que exceda de 2 duros y no pase de 26 , será castigado con la mulla del tanto al triplo del daño causado . Art . 477. El que cortare árboles en ... Se encontró adentro – Página 5364.0 Art . 476 ( antes 473 ) . El que nallándose necesilado hurtare comestibles con que puedan él y su familia alimentarse dos dias á lo mas , será castigado con el arresto de 5 á 15 dias . Art . 477 ( antes 474 ) . 1. 1. Artículo 474 del Código Penal Código Penal Cuando la rebelión no haya llegado a organizarse con jefes conocidos, se reputarán como tales los que de hecho dirijan a los demás, o lleven la voz por ellos, o firmen escritos expedidos a su nombre, o ejerzan otros actos semejantes de dirección o representación. Titularidad de la acción penal. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. El militar que no empleare los medios a su alcance para contener la rebelión en las fuerzas de su mando, será castigado con las penas de prisión de dos a cinco años e inhabilitación absoluta de seis a diez años. Art.476 CP - Artículo 476 del Código Penal Español 1. Se encontró adentro{487} El contenido de estas normas, en gran parte, en la actualidad ha pasado a ser parte de la legislación procesal penal. {488} Cfr. Ley 599 de 2000, artículo 476. {489} De conformidad con lo dispuesto por la Ley 890 de 2004, ... 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).Vigencia: 1 julio 2015 Se encontró adentro – Página 103523 del Codigo penal moderno ; Fallamos , que debemos declarar y declaramos no haber lugar al recurso de casacion interpuesto por D. ... segun se determina en el artículo 476 del Código penal reformado , acorde con el 375 del de 1850 . Se castigará con presidio mayor en cualquiera de sus grados:. Será castigado con las mismas penas previstas en el apartado anterior en su mitad inferior el militar que, teniendo conocimiento de que se trata de cometer un delito de rebelión, no lo denuncie inmediatamente a sus superiores o a las autoridades o funcionarios que, por razón de su cargo, tengan la obligación de perseguir el delito. Reglamento de Ley de Impuesto sobre la Renta. Art.476 CP - Artículo 476 del Código Penal Español. 1. Art.476 CP - Artículo 476 del Código Penal Español. Se encontró adentro – Página 481Dice el artículo 475 : Se hace violencia a las personas , sujetándolas , intimidándolas , arrojándolas de alguin lugar , ó impidiéndoles por la fuersa la defensa de su derecho , para asegurar el éxito del delito . Artículo 476. 2. Se encontró adentro – Página 198Se considera en estado de quiebra á todo comerciante que sobresee en el pago corriente de sus obligaciones , y se halle en incapacidad actual y declarada de cubrirlas , según el art . 476 del Código Penal . 13 9. Hacer una pregunta en los comentarios. Se encontró adentro – Página 2Si se trata de aguas , véanse los comentarios á los artículos 476 y 185 , en que se pena como falta su simple distraccion ó aprovechamiento , con tal que no pase de 25 duros el daño causado . Si excede de esta cantidad , dicho daño ... El militar que no empleare los medios a su alcance para contener la rebelión en las fuerzas de su mando, será castigado con las penas de prisión de dos a cinco años e inhabilitación absoluta de seis a diez años. Se encontró adentro – Página 443Igual al 457 del que concordamos . Código Penal de Cuba y Puerto Rico de concordamos . 1879. – Art . 476 . ... 3.o del artículo 476 del Código ( de Cuba y Puerto Rico ) , que de ninguna manera se justifica , por el supuesto abuso de ... Se encontró adentro – Página 8313.4 i art . 487 , núm . 7. , del Código Penal , posesion proindiviso de un retazo de terreno como de cuatro condeno ... a prision a Espinosa a la pena del art . 476 , núm . 3. ° , del Código Penal como presunto responsable del incendio ... Se encontró adentro – Página 1734Artículo 476 1. El militar que no empleare los medios a su alcance para contener la rebelión en las fuerzas de su mando, será castigado con las penas de prisión de dos a cinco años e inhabilitación absoluta de seis a diez años. 2. Multicentro Empresarial del Este, Edificio Miranda Núcleo "A", Piso 1, Ofcs. Código Penal. Se encontró adentro – Página 29Se considera en estado de quiebra á todo comerciante que sobresee en el pago corriente de sus obligaciones , y se halle en incapacidad actual y declarada de cubrirlas , según el artículo 476 del Código Penal . 9.o , 145 , 134. 133. 1. ); y, en caso de . Art. Se encontró adentro – Página 204Artículo 476. Se castigará con presidio mayor en cualquiera de sus grados : 1 ° Al que incendiare un edificio destinado a servir ... Existe el delito sancionado en el artículo 474 del Código Penal , cuando el incendio ha sido provocado ... Se encontró adentro – Página 74... vista de las anteriores apreciaciones no resultan infringidos los diferentes artículos que se citan del Código penal moderno ... segun se determina en el artículo 476 del Código penal reformado , acorde con el 375 del de 1850 : 2. Código Penal. A-11 y A-12, Será castigado con las mismas penas previstas en el apartado anterior en su mitad inferior el militar que, teniendo conocimiento de que se trata de cometer un delito de rebelión, no lo denuncie inmediatamente a sus superiores o a las autoridades o funcionarios que, por razón de su cargo, tengan la obligación de perseguir el delito. Vigente, con las modificaciones. 2. Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. Se encontró adentro – Página xlivCuando las frases dirigidas al querellante , ni separadas ni conjuntamente examinadas , pueden considerarse comprendidas dentro de alguno de los tres primeros casos del Artículo 476 del Código Penal ; y ni por la dignidad ó estado del ... Este Código entrará a regir un (1) año después de su promulgación.
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